Con la presencia de autoridades de distintas naciones indígenas de Argentina, se realizó hoy una conferencia de prensa en la ciudad de Buenos Aires para manifestar el rechazo de estas a la incorporación de la Propiedad Comunitaria de la Tierra al nuevo Código Civil. Según señalaron, esta inclusión, inconsulta, implicaría un retroceso en los derechos indígenas y aumentaría los desalojos y la criminalización de sus demandas.
Felipe Gutiérrez / Informativo Mapuexpress
En marzo del año pasado la Presidenta Cristina Fernández y Ricardo Lorenzetti, Presidente de la Corte Suprema, presentaron en conjunto el anteproyecto de reforma y unificación del Código Civil y Comercial. Para su estudio fue designada una comisión bicameral con 15 diputados y 15 senadores, la que convocó a una audiencia pública para discutir el anteproyecto. Ante las numerosas críticas que recibió, no solo en lo referido a la temática indígena, sino también de parte de agrupaciones de personas con discapacidad y la Iglesia Católica, la audiencia fue aumentada a tres días en el Congreso de la Nación, y una jornada en Tucumán, Santa Fe, La Plata, Neuquén, Corrientes, Bahía Blanca y La Matanza.
En su presentación en la audiencia pública el presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Daniel Fernández, justificó la inclusión de la propiedad comunitaria señalando que “esta incorporación en el Código Civil lejos de desjerarquizar los derechos constitucionales, los ubica en un plano de operatividad y obligatoriedad para las interpretaciones jurisprudenciales”, discurso que es compartido por algunas organizaciones indígenas.
Sin embargo en las mismas audiencias públicas se evidenció una mayoría indígena contraria a la inclusión de la propiedad comunitaria en el Código Civil, rechazo que fue reafirmado hoy durante la celebración de una conferencia de prensa en el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, realizada por representantes de diversas organizaciones, reunidas en el Consejo Plurinacional Indígena. El abogado Benito Espíndola, de la Organización de Comunidades de Pueblos Originarios (ORCOPO) considera que usar al derecho privado para regular el derecho comunitario “es suicida para nuestras comunidades, porque están en desigualdad de condiciones con el Estado”. Espíndola utiliza como ejemplo otros ámbitos del derecho; “haciendo una comparación con el derecho laboral, es lo mismo que un obrero vaya a pelear con el Código Civil a una empresa, hay una desigualdad abismal. Para esto existen ámbitos del derecho indígena como el consentimiento, que de alguna manera permite equilibrar”.
En la misma línea, Sandra Ceballos, de la Comisión de Juristas Indígenas de la República Argentina (CJIRA), señaló que la reforma contradice la preexistencia consagrada en la Constitución Nacional, bajo la cual “los indígenas nos constituimos en personas de derecho público y el Código Civil, que es propio del derecho privado, rige las relaciones entre particulares, con lo cual nos está tratando como una ficción”.
Los representantes indígenas consideran que este anteproyecto es un retroceso en numerosos avances que los pueblos han logrado en los últimos años. Para Jorge Nahuel, Werken de la Confederación Mapuche de Neuquén, el proyecto de reforma al Código Civil es un retroceso, “nos desarma de todos los avances en materia de derechos que hemos logrado en la última década y nos entrega, porque todo lo que son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y las nuevas leyes a través del Código Civil se ven reducidos en su alcance”. Por ejemplo en la Ley de Medios, las comunidades indígenas son consideradas sujetos de derecho público no estatal, mientras que en el Código Civil, serían considerados como un privado. Para Bernardino Cabrera, Cacique de la Comunidad Mbya Guaraní Tekoa Katu Pyry “la personería jurídica de las comunidades tiene que ser de derecho público por ser anteriores a que la Argentina existiera como una nación”.
Otras de las críticas, compartidas por organizaciones como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (AADI) y el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa), es la consideración de la existencia indígena restringida al ámbito rural, la reducción del territorio indígena al concepto bien inmueble y el no reconocimiento a la posesión de las comunidades preexistentes. Este factor es motivo de preocupación por los problemas legales que podría acarrear en el futuro. “La constitución prácticamente equipara la posesión y la propiedad, este código solo habla de propiedad”, dice Jorge Nahuel. “Eso significa que en manos de un juez racista y represor, como hay muchos en el país, va a comenzar una ola desalojos y procesamientos porque la mayoría de los pueblos indígenas no tienen título de propiedad aunque poseen la tierra”.
Por esto los representantes presentes solicitaron que se retire la inclusión de la Propiedad Comunitaria de la Tierra del nuevo Código Civil, y que esta se reglamente a través de una ley específica, tal como prometió la Presidenta durante la marcha de mayo de 2010.
Felipe Gutiérrez / Informativo Mapuexpress
En marzo del año pasado la Presidenta Cristina Fernández y Ricardo Lorenzetti, Presidente de la Corte Suprema, presentaron en conjunto el anteproyecto de reforma y unificación del Código Civil y Comercial. Para su estudio fue designada una comisión bicameral con 15 diputados y 15 senadores, la que convocó a una audiencia pública para discutir el anteproyecto. Ante las numerosas críticas que recibió, no solo en lo referido a la temática indígena, sino también de parte de agrupaciones de personas con discapacidad y la Iglesia Católica, la audiencia fue aumentada a tres días en el Congreso de la Nación, y una jornada en Tucumán, Santa Fe, La Plata, Neuquén, Corrientes, Bahía Blanca y La Matanza.
En su presentación en la audiencia pública el presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Daniel Fernández, justificó la inclusión de la propiedad comunitaria señalando que “esta incorporación en el Código Civil lejos de desjerarquizar los derechos constitucionales, los ubica en un plano de operatividad y obligatoriedad para las interpretaciones jurisprudenciales”, discurso que es compartido por algunas organizaciones indígenas.
Sin embargo en las mismas audiencias públicas se evidenció una mayoría indígena contraria a la inclusión de la propiedad comunitaria en el Código Civil, rechazo que fue reafirmado hoy durante la celebración de una conferencia de prensa en el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, realizada por representantes de diversas organizaciones, reunidas en el Consejo Plurinacional Indígena. El abogado Benito Espíndola, de la Organización de Comunidades de Pueblos Originarios (ORCOPO) considera que usar al derecho privado para regular el derecho comunitario “es suicida para nuestras comunidades, porque están en desigualdad de condiciones con el Estado”. Espíndola utiliza como ejemplo otros ámbitos del derecho; “haciendo una comparación con el derecho laboral, es lo mismo que un obrero vaya a pelear con el Código Civil a una empresa, hay una desigualdad abismal. Para esto existen ámbitos del derecho indígena como el consentimiento, que de alguna manera permite equilibrar”.
En la misma línea, Sandra Ceballos, de la Comisión de Juristas Indígenas de la República Argentina (CJIRA), señaló que la reforma contradice la preexistencia consagrada en la Constitución Nacional, bajo la cual “los indígenas nos constituimos en personas de derecho público y el Código Civil, que es propio del derecho privado, rige las relaciones entre particulares, con lo cual nos está tratando como una ficción”.
Los representantes indígenas consideran que este anteproyecto es un retroceso en numerosos avances que los pueblos han logrado en los últimos años. Para Jorge Nahuel, Werken de la Confederación Mapuche de Neuquén, el proyecto de reforma al Código Civil es un retroceso, “nos desarma de todos los avances en materia de derechos que hemos logrado en la última década y nos entrega, porque todo lo que son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y las nuevas leyes a través del Código Civil se ven reducidos en su alcance”. Por ejemplo en la Ley de Medios, las comunidades indígenas son consideradas sujetos de derecho público no estatal, mientras que en el Código Civil, serían considerados como un privado. Para Bernardino Cabrera, Cacique de la Comunidad Mbya Guaraní Tekoa Katu Pyry “la personería jurídica de las comunidades tiene que ser de derecho público por ser anteriores a que la Argentina existiera como una nación”.
Otras de las críticas, compartidas por organizaciones como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (AADI) y el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa), es la consideración de la existencia indígena restringida al ámbito rural, la reducción del territorio indígena al concepto bien inmueble y el no reconocimiento a la posesión de las comunidades preexistentes. Este factor es motivo de preocupación por los problemas legales que podría acarrear en el futuro. “La constitución prácticamente equipara la posesión y la propiedad, este código solo habla de propiedad”, dice Jorge Nahuel. “Eso significa que en manos de un juez racista y represor, como hay muchos en el país, va a comenzar una ola desalojos y procesamientos porque la mayoría de los pueblos indígenas no tienen título de propiedad aunque poseen la tierra”.
Por esto los representantes presentes solicitaron que se retire la inclusión de la Propiedad Comunitaria de la Tierra del nuevo Código Civil, y que esta se reglamente a través de una ley específica, tal como prometió la Presidenta durante la marcha de mayo de 2010.
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